“ASOCIACIÓN DE FOTOGRAFOS DE NATURALEZA DE
MALAGA (AFONAMA)”... organización de
naturaleza asociativa y sin ánimo de lucro, al amparo de la normativa legal vigente. (art. 1)
El ámbito territorial en que la Asociación realizará
principalmente sus actividades es en la provincia de Málaga. (art. 3)
Los fines de la Asociación serán los
siguientes:
a)
La divulgación y
promoción de la Fotografía
de la Naturaleza
en la provincia de Málaga.
b)
La Concienciación de la importancia de la conservación de los espacios
naturales de la provincia.
c)
Dar a conocer y
proteger a través de la fotografía, los valores naturales de la provincia:
flora fauna, paisaje, etc. (art. 5)
Y para su consecución desarrollará las
siguientes actividades:
a)
Organización de
exposiciones fotográficas y otros eventos.
b)
Cursos
especializados en fotografías de naturaleza.
c)
Charlas, talleres y
coloquios de : técnicas fotográficas, conservación, problemáticas (ambientales,
del gremio, administrativas, etc.)
d)
Excursiones
organizadas.
(art. 5)
Son derechos de los socios:
a)
Participar en las
actividades de la Asociación
y en los órganos de gobierno y representación, a ejercer el derecho de voto,
así como asistir a la Asamblea General,
de acuerdo con los Estatutos.
b)
Ser informado...
c)
Ser oído...
d) Al arbitraje de la
asociación en caso de disputa de carácter
personal relacionada con la fotografía... no siendo ésta vinculante.
e) Acceder a la documentación de la Asociación, a través de
la Junta Directiva.
f) Usar los bienes e instalaciones de uso común de la Asociación...
g) A impugnar los acuerdos de los órganos de la Asociación que estime
contrarios a la ley o a los Estatutos. (art. 9)
Son deberes de los socios:
a)
Compartir las
finalidades de la
Asociación y colaborar para la consecución de las mismas.
b)
Pagar las cuotas,
derramas y otras aportaciones que, con arreglo a los Estatutos, puedan
corresponder a cada socio.
c)
Cumplir el resto de
obligaciones que resulten de las disposiciones estatutarias.
d)
Acatar y cumplir
los acuerdos válidamente adoptados por la Junta Directiva y la Asamblea General.
e) Acatar el Código
Ético. (art. 10)
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